Formulario 29: Qué Es y Cómo Llenarlo
02/11/2022
Todo dueño de negocio o trabajador independiente debe declarar el famoso Formulario 29. ¿Sabes de qué trata y cómo llenarlo? En esta guía paso a paso encontrarás todo sobre este documento y por qué debes conocerlo.
Hoy en día contamos con muchos documentos y herramientas que nos ayudan a mantenernos al día con nuestras responsabilidades como contribuyentes.
Sin embargo, no siempre es fácil entender cómo funcionan todos ellos.
El Formulario 29 o F29 es una responsabilidad que debemos cumplir a final de cada mes, y aunque puede que algunos tengan dudas de cómo se completa este requerimiento, en realidad es muy sencillo.
Solo necesitas una guía rápida como la que encontrarás a continuación.
Qué es el Formulario 29
El F29 es un documento que contiene todas aquellas declaraciones de impuestos que se retienen de forma mensual.
En él encontraremos el Impuesto al Valor Agregado (IVA), los Pagos Provisionales Mensuales (PPM), las Retenciones de Pagos por Honorarios y los demás impuestos correspondientes a la Segunda Categoría.
De esta forma, al final de cada mes, todo dueño de un negocio o trabajador independiente debe descargar el Formulario 29 a través de la plataforma oficial del SII y llenarlo de forma correcta.
Todo esto se realiza para ser presentado ante las arcas fiscales.
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Quién debe presentar el Formulario 29
Todos los contribuyentes que estén afectos a la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios deben presentar obligatoriamente el Formulario 29, aún cuando no realicen operaciones gravadas en uno o más períodos tributarios.
Igualmente, cuándo se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
- Al dar inicio a las actividades previstas en la primera categoría de la Ley de Impuesto a la Renta
- Cuándo se realice cualquier operación que genere el referido impuesto
- Cuándo se declaren retenciones de impuesto y Pagos Provisionales según el Artículo 74 de la Ley sobre Impuesto a la Renta
Cómo se llena el Formulario 29
Todo el proceso se realiza de forma online, por lo que puedes hacerlo desde tu computador sin tener que salir de tu oficina o tu hogar.
Solo debes seguir los siguientes pasos:
- Dirígete a la página web oficial del SII
- Accede al apartado ‘Servicios Online’ y luego a la opción de impuestos mensuales
- Encontrarás la opción ‘Declaración mensual (F29)’ y selecciona ‘Declarar IVA (F29)
- Debes tener a la mano tu RUT o Certificado Digital y Clave tributaria, ya que deberás identificarte como contribuyente
- Cuándo hayas ingresado debes seleccionar el periodo que vas a declarar y después presiona en el ‘Aceptar’
- Ingresa toda la información que se te pida en los campos correspondientes, si está todo correcto, haz clic en ‘Aceptar’
- Podrás realizar tu Declaración Mensual y proceder al pago de impuestos, para eso presiona en ‘Enviar Declaración’
Al finalizar, recibirás un comprobante de declaración emitido por el sistema.
Es importante que guardes este documento, ya que acredita que cumpliste con tu declaración de impuestos.
Medios de pago del Formulario 29
En caso de que luego de hacer la declaración, debas realizar el pago de impuestos, el sistema te llevará a una sección donde encontrarás las opciones disponibles.
Las opciones de pago son:
- Pago online por medio de tu tarjeta de crédito (Webpay)
- Pago directo a través de tu cuenta corriente (PEL)
- Pago por medio de mandato al banco con tu cuenta corriente (PEC).
El pago puede realizarse hasta el día 12 del siguiente mes salvo algunas excepciones.
Estas son:
- Los contribuyentes de Primera Categoría que sean facturadores electrónicos
- Los contribuyentes de segunda categoría que sean emisores de boletas de honorarios electrónicas
- Los contribuyentes que declaren y paguen por medio de la página de internet del SII
En estos casos, los pagos podrán realizarse hasta el día 20 del mes siguiente.
Qué ocurre si pago fuera del plazo legal
Al contribuyente que declara y paga un Formulario 29 fuera de los plazos establecidos por el SII se le aplica una multa.
Esta multa, además, incluye reajustes e intereses por cada mes o fracción de mes de retraso, según la tasa vigente y lo dispuesto en el Código Tributario.
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